Este comportamiento puede crear un ambiente de trabajo intimidatorio, ofensivo u hostil y se basa en el sexo del empleado. No es necesario que la conducta ofensiva esté motivada por el deseo sexual. Según la legislación de California, basta con que la conducta ofensiva se base en el sexo o la identidad de género, reales o percibidos, de un empleado, así como en su orientación sexual, embarazo, parto y afecciones médicas relacionadas con el género.
Si ha sido víctima de acoso sexual en el lugar de trabajo, consulte con un abogado con experiencia en casos de acoso sexual en el ámbito laboral en California, que pueda proteger sus derechos y garantizar que reciba una indemnización por los daños, el sufrimiento emocional o los salarios perdidos derivados del acoso.
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