¿Tengo derecho a indemnización?
Si usted no tuvo la culpa del accidente de tráfico, puede tener derecho a una indemnización. Generalmente, la persona que causa el accidente es responsable de los daños que se produzcan. Si el otro conductor fue negligente, usted puede tener derecho a indemnización. Sin embargo, la carga de la prueba de la negligencia recae en el demandante.
Probar la negligencia
En California, toda persona es financieramente responsable de sus actos intencionados o negligentes. Para probar una demanda por negligencia, el demandante debe probar:
- El otro conductor les debía un deber de cuidado,
- El conductor incumplió ese deber,
- El incumplimiento del deber causó el accidente, y
- En consecuencia, sufrieron daños y perjuicios.
Si puede demostrar estos elementos y probar que el otro conductor actuó con negligencia al causar el accidente, puede tener derecho a una indemnización por daños y perjuicios.
Daños y perjuicios
En general, un demandante perjudicado tiene derecho a una indemnización compensatoria o real. Estos daños son por la pérdida real sufrida incluyendo:
- Facturas médicas,
- Salarios perdidos,
- Pérdida de ingresos futuros,
- Reparación o sustitución del vehículo,
- Dolor y sufrimiento, y
- Indemnización por desfiguración.
En circunstancias especialmente atroces, un tribunal puede conceder al demandante daños punitivos. Los daños punitivos van más allá de los daños reales y tienen por objeto castigar al demandado por acciones particularmente ilícitas. Los daños punitivos se conceden típicamente en la discreción de la corte y dependerán de las circunstancias específicas del caso. Programe una consulta con uno de nuestros abogados en la ley de lesión de Silva para discutir si usted puede ser dado derecho a los daños punitivos.